Incentivos a la renovación de locales comerciales

La bonificación por renovación para el mantenimiento extraordinario, la restauración y la renovación conservadora, la renovación de edificios también es para los comercios, beneficiarios de la nueva bonificación del 110% destinada a mejorar la clase energética y, por tanto, el ahorro global.

Existen diferencias entre la Bonificación por Renovación y la Bonificación del 110%, tanto en lo que se refiere a las intervenciones susceptibles de ser bonificadas, como al procedimiento a seguir y los plazos a cumplir, y también cambia la cuantía de la deducción.

En el caso de la bonificación por renovación, la deducción es del 50%, pero con un límite máximo de gasto de 96.000 euros. En el caso de la nueva facilitación económica, la cuota se eleva al 110% dentro del límite de la capacidad fiscal y no sólo existe la deducción entre los instrumentos que puede utilizar el contribuyente.

La bonificación también puede utilizarse con un descuento directo en la factura o transfiriendo el crédito a un banco o a un tercero, incluso para intervenciones de eficiencia energética y antisísmica, instalación de sistemas fotovoltaicos o infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos en edificios.

Bonificación de la tienda de renovación 2021

Las principales intervenciones que se llevarán a cabo en el marco de la bonificación por renovación de los comercios:

  1. mantenimiento extraordinario (instalación de ascensores y escaleras de seguridad, construcción y mejora de aseos, sustitución de elementos exteriores y ventanas o persianas con contraventanas y con modificación del material o del tipo de elemento, reconstrucción de escaleras y rampas, intervenciones destinadas al ahorro energético, vallado de la zona privada, construcción de escaleras interiores), restauración y rehabilitación conservadora, renovación de edificios.
  2. Obras necesarias para la reconstrucción o renovación del edificio dañado tras una catástrofe.
  3. Intervenciones dirigidas a la eliminación de las barreras arquitectónicas, y a la implantación de cualquier herramienta que favorezca la movilidad dentro y fuera del hogar de las personas con discapacidades severas a través de la comunicación, la robótica y otros medios de tecnología más avanzada.

Incentivos para las obras de ahorro de energía (110%)

Para que una tienda pueda calificarse como tal, es imprescindible garantizar una ventilación natural a través de puertas y ventanas del 10% de la superficie. Pero además, al menos el 10% de la superficie debe estar iluminada de forma natural, y las salas accesorias deben tener una altura mínima de 2,40 metros, una superficie mínima de 12 metros cuadrados y una altura de 2,50 metros.

En este marco, es posible acceder a la bonificación del 110% para las medidas de ahorro energético. Siempre que

  • al menos un aislamiento térmico de las superficies opacas verticales, horizontales e inclinadas de la envolvente del edificio, incluidos los edificios unifamiliares, en más del 25% de la superficie bruta de dispersión del edificio
  • sustitución de los sistemas de aire acondicionado de invierno por sistemas de calefacción y refrigeración centralizados
  • intervenciones antisísmicas.

La bonificación del 110%, introducida por el Decreto de Relanzamiento, es válida para los gastos realizados desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Para poder beneficiarse de la ventaja fiscal, debe ser residente en Italia

Pueden acogerse a la Bonificación por Renovación las personas indicadas en el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que produzcan rentas en forma asociada (sociedades simples, sociedades limitadas y personas asimiladas, empresas familiares), por inmuebles que no sean bienes de inversión o mercancías. Por lo tanto, para los bienes inmuebles que pertenecen al ámbito privado.

La bonificación está disponible no sólo para los propietarios del inmueble que se va a renovar, sino también para los que asumen los costes y tienen los derechos de disfrute:

  • los propietarios o los antiguos propietarios del inmueble que se va a renovar
  • inquilinos o arrendatarios
  • titulares de un derecho de disfrute
  • miembros de cooperativas
  • empresarios.

Las primas de renovación sólo pueden ser deducidas por las personas físicas que pagan el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPEF). Esta categoría también incluye a los profesionales y autónomos que trabajan con un número de IVA y a las microempresas (empresas individuales, sociedades: SS, SNC y SAS). Las empresas sujetas a la tributación del IRES, como las SRL, SRLS o SPA, no pueden beneficiarse del incentivo.

Las sociedades SS, SNC y SAS, así como los empresarios individuales, pueden acceder a la bonificación por reestructuración, pero no en los trabajos que se refieren a bienes de equipo y bienes para la venta.

Los bienes son todos aquellos «materiales» que se compran para ser revendidos o para ser utilizados en los procesos de producción, como, por ejemplo, las materias primas. Por otro lado, los bienes de equipo son aquellos «objetos» que se utilizan como soporte de la propia actividad. Por ejemplo, la nave o la maquinaria para fabricar el producto acabado.

Las obras realizadas en el armazón del edificio en el que se desarrolla la actividad y en los sistemas a su servicio, no se encuentran entre las operaciones sujetas a deducción, ya que el edificio es un activo fijo.

En cambio, los profesionales o los autónomos sujetos a la imposición ordinaria sobre los bienes privados pueden beneficiarse de los incentivos. Por el contrario, los sujetos al régimen de imposición a tanto alzado o al régimen de imposición mínima no son elegibles.

BONIFICACIÓN POR TERREMOTO

También se permite el acceso a la bonificación de Sisma a:

  • empresarios individuales, para los edificios destinados a actividades productivas
  • las personas indicadas en el artículo 5 del Tuir, que produzcan ingresos en forma asociada (sociedades simples, sociedades colectivas, sociedades limitadas y personas asimiladas, empresas familiares).

Es posible intervenir tanto en bienes, como en activos y bienes de capital (Resolución 34/2020 de 25 de junio).

ECOBONUS

Cualquier persona que desee aumentar la eficiencia energética de un edificio utilizado para fines empresariales puede acogerse al Ecobonus al 65% o al 50% y acceder al beneficio. El edificio debe ser un edificio existente y no uno nuevo.

El beneficio del ecobono está disponible para los contribuyentes que obtienen una renta empresarial, ya sea:

  • individuos
  • sociedades colectivas: sociedad simple SS, sociedad colectiva SNC; sociedad comanditaria SAS;
  • sociedades anónimas: sociedad de responsabilidad limitada simplificada SRLS, sociedad anónima SPA, sociedad de responsabilidad limitada SRL, sociedad de responsabilidad limitada SAPA.

A diferencia de la bonificación por renovación, las deducciones pueden afectar al IRPF.

Es posible intervenir en los bienes, el capital y los bienes instrumentales (resolución 34/2020 de 25 de junio).

CARACTERÍSTICAS DE LA BONIFICACIÓN

En cuanto a la bonificación por fachada, las empresas pueden beneficiarse de ella.

En particular, son elegibles los siguientes

  • empresas sencillas
  • asociaciones de profesionales
  • los contribuyentes que obtienen rentas empresariales (personas físicas, sociedades, empresas).

Por otro lado, las empresas no pueden optar a la superbonificación del 110%.